Marcas PanamáRegistro de Marcas en Panamá

Nuestro equipo de abogados procesará en forma expedita el registro de su Marca Comercial en Panamá a través de los siguientes pasos:

Búsqueda de Marcas

Paso 1

Estudio de Factibilidad de Registro de Marca

Reporte que incluye una búsqueda de marcas similares e idénticas, además de la opinión experta de nuestros abogados acerca de las probabilidades de éxito de su registro de marca. El Estudio de Factibilidad es opcional pero altamente recomendable pues permite descartar de antemano posibles objeciones a su marca.

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Solicitud de Registro de Marca

Paso 2

Solicitud de Registro de Marca

Presentación y tramitación de la Solicitud de Registro de Marca ante la Oficina de Marcas de Panamá, de acuerdo a los procedimientos y requerimientos legales del país, con el fin de obtener la titularidad de la marca. Una vez presentada la marca se enviará copia escaneada de la solicitud presentada.

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  1. ¿Es obligatorio registrar las marcas en Panamá?

    Registrar no es obligatorio, pero si recomendable. La única forma de obtener el derecho al uso exclusivo de un signo dentro del territorio de la República de Panamá es mediante el registro del mismo.

  2. ¿Qué se puede registrar? (Dibujos, diseños, tridimensionales, sonidos, etc.)

    Cualquier símbolo que pueda ser reproducido gráficamente y que sea capaz de distinguir los productos o servicios de una persona de los de otra. Esto incluye, etre otros, palabras, nombres, logos o etiquetas, algunas formas tridimensionales y colores. Los sonidos no son registrables como marcas en la actualidad en Panamá.

  3. ¿Cómo se registran los establecimientos comerciales?

    Los establecimientos comerciales en Panamá, es decir los nombres comerciales, son registrados ante la Oficina de Marcas de Panamá utilizando los mismos requisitos existentes para las marcas, es decir el Poder y el Certificado de Existencia Legal del solicitante, y agregando un documento emitido por las autoridades gubernamentales correspondientes en el país de origen, en el cual se certifique que el solicitante se dedica al comercio utilizando el nombre comercial cuyo registro se solicita, así como las actividades comerciales desarrolladas por el referido establecimiento comercial. Todos estos documentos deben ser debidament legalizados hasta un Consulado de la República de Panamá o mediante el sello de la Apostilla, de ser viable.

  4. ¿Utilizar la marca antes de registrar proporciona alguna ventaja?

    El derecho a registrar una marca se obtiene mediante su uso, pero el derecho a su uso de forma exclusiva se adquiere mediante su registro. En otras palabras, el uso es constitutivo de derecho, el registro es declarativo.

  5. ¿Cuánto dura el proceso de registro de marcas?

    Si la solicitud no se ve afectada por objeciones oficiales u oposiciones por terceros, el proceso de registro tomará entre 12 y 18 meses.

  6. ¿Una vez registrada la marca, es obligación utilizarla? ¿Qué sucede en caso de que no se utilice?

    Si la marca no es utilizada dentro de un período continuo de cinco años, ya sea en Panamá o internacionalmente, el registro se volverá vulnerable a la cancelación por no uso mediante su solicitad por parte de una tercero agraviado. De todas formas, una solicitud de cancelación por no uso sólo podrá ser presentada hasta cuando hayan transcurrido cinco años desde la fecha de expedición del certificado de registro.

  7. ¿Es posible, en el caso de una marca mixta (Elemento verbal + dibujo) hacer uso, o bien tener protección sobre el elemento verbal separadamente sin necesidad de un registro aparte?

    Si el elemento verbal es característico dentro de la etiqueta, es decir que el mismo no constituya un elemento meramente secundario dentro del contexto de la marca, el mismo tendrá protección en nuestro país sin necesidad de un registro aparte. Contrario a lo anterior, si el elemento verbal no es característico dentro del contexto de la etiqueta de la marca, el mismo no tendrá la protección suficiente para estar en capacidad de ser utilizado de manera aislada invocando su protección.

  8. ¿Cuál es el plazo de duración del registro de una marca?

    El plazo de duración del registro de una marca es de 10 años contados desde la fecha de solicitud del registro.

  9. ¿Cuál es el plazo para renovar la marca?

    La renovación debe ser presentada dentro de los 12 meses anteriores al vencimiento del registro.

  10. ¿Es posible renovar el registro extemporáneamente? De ser así ¿Cuál es el plazo de renovación fuera de plazo?

    Es posible renovar dentro del período de gracia de 6 meses posteriores al vencimiento del registro, mediante el pago del recargo gubernamental establecido. Durante el período de gracia el registro mantendrá su plena vigencia.

  11. ¿Cuáles documentos se requieren para renovar la marca?

    Para renovar una marca se requiere un PODER firmado por un oficial del titular de la marca, documento que debe estar refrendado por Notario Público y legalizado ante el Consulado de Panamá o mediante Apostilla.

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